En el Programa pueden participar los pensionistas del
sistema de la Seguridad Social de jubilación e invalidez, en todo caso, y por
el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando el solicitante
haya cumplido los 60 años de edad. Al cónyuge no se le exige ser pensionista.
La mayoría de las personas que participan en el Programa
lo hacen en compañía y las razones médicas más frecuentes son las afecciones
reumatológicas y las respiratorias, seguidas de las de digestivo, renal y vías
urinarias etc. Antes de acudir al balneario, la confianza en los tratamientos
es del 64% de los usuarios, mientras que después la confianza se acerca al
100%.
Los turnos establecidos son de 12 días, de febrero a
diciembre, y todos los usuarios tienen derecho a alojamiento y manutención, tratamientos
termales básicos (reconocimiento médico al ingreso, tratamiento termal
correspondiente con la dolencia, informe final, póliza colectiva de seguro).
En todos los viajes del Programa de Termalismo Social,
los desplazamientos son por cuenta del usuario.
El modelo de solicitud está disponible en los Centros de
Mayores, en las Oficinas de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas y de
los Ayuntamientos y en Internet, en la página www.imserso.es.
El plazo de presentación de solicitudes contempla dos
turnos:
- Para los meses de febrero a agosto, hasta finales de diciembre.
- Para los meses de septiembre a diciembre, hasta mediados de mayo
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