viernes, 14 de marzo de 2014

Programa de Termalismo Social




    En el Programa pueden participar los pensionistas del sistema de la Seguridad Social de jubilación e invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando el solicitante haya cumplido los 60 años de edad. Al cónyuge no se le exige ser pensionista.
La mayoría de las personas que participan en el Programa lo hacen en compañía y las razones médicas más frecuentes son las afecciones reumatológicas y las respiratorias, seguidas de las de digestivo, renal y vías urinarias etc. Antes de acudir al balneario, la confianza en los tratamientos es del 64% de los usuarios, mientras que después la confianza se acerca al 100%.
Los turnos establecidos son de 12 días, de febrero a diciembre, y todos los usuarios tienen derecho a alojamiento y manutención, tratamientos termales básicos (reconocimiento médico al ingreso, tratamiento termal correspondiente con la dolencia, informe final, póliza colectiva de seguro).
En todos los viajes del Programa de Termalismo Social, los desplazamientos son por cuenta del usuario.
El modelo de solicitud está disponible en los Centros de Mayores, en las Oficinas de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos y en Internet, en la página www.imserso.es.

El plazo de presentación de solicitudes contempla dos turnos:

  •          Para los meses de febrero a agosto, hasta finales de diciembre.
  •         Para los meses de septiembre a diciembre, hasta mediados de mayo
 

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